AHU, Açores, caixa 15, doc. 6.
Cópia do extracto
dos autos sobre o naufrágio da polaca espanhola Nuestra Señora de la
Concepción. 8 de Janeiro de 1779
Copia
Extracto de los Autos formados en Punta Delgada ante el Juez Conservador de las
Naciones Estrangeras Antonio Nunes Calheiros Gomes y Abreu con motivo del
Naufragio, que en dos de Enero del corriente año padeciò la Embarcacion Nuestra
Señora de la Concepcion su Capitan Narcizo Plá de Nacion Español
[À margem] Pedimiento del Capitan
En que ofrece justificacion, que uviendo llegado en 30 de Deziembre proximo
pasado a aquela Isla para hacer aguada, y continuar su viage à Cadiz en el dia
dos de Enero siguiente se levantó un viento de Sudoeste que le rompio la
amarra, obligandole à hacerse a la vela para salvar el Barco, como lo hicieron
todos los que estaban en el Puerto
Qu estando en esta maniobra le tiraron del Castillo de San Blas, que esta a
Cargo del Sargento mayor Josef Ignacio Bullon Cota tres Cañonazos, el ultimo
con bala.
Que un Corsario Ingles, que estaba en el Puerto llamado Retaliation su Capitan
Ricardo Forundsen (?) natural de Liverpool persuadido a que los Cañonazos
serian por alguna falta de obediencia del Capitan Español, Le desparò nueve
Cañonazos con bala, y metralla, rompiendole todo el velamen.
Que ignorando com que motivo le atacaban el Castillo, y Corsario, y recelando
que este quisiese apresar la Embarcacion, de acuerdo com la tripulacion, y
Pasageros se metió con ellos en la Lancha, que arribó con mucho riesgo al lugar
de las Feiteiras, donde al instante se hizo pedazos contra unas piedras.
Que desamparada la Embarcacion la llevo el temporal a la Punta de la Herreria
donde se dexo de ver al dia siguiente corriendo para Esteoeste (sic).
Que la tarde del dia anterior a lo sucedido fue a despedirse del Sargento mayor
del Castillo de San Blas quien mandò a la guardia que està en el Puerto lo
dexasse pasar.//
Que la Carga del Barco consistia en 844 Cajones de Azucar, 272 Cueros al pelo,
426 quintales de palo de Campeche, 22 valas de Algódon, 235 pieles de Ante (?)
seis barricas de cacao, quatro Cajones de Anil, y 43629 pesos fuertes en
dinero, cuyo valor, y del casco asciende a 111261 pesos fuertes.
Que la primera, e principal causa de la perdida fueron los tiros del Castillo
de San Blas, para los que dio orden el citado Comandante contra quien protesta
los daños ocurridos, como tambien el repetir de los aseguradores el importe del
seguro, haviendo a beneficio suyo todas las diligencias, y contra el referido
governador ysSargento mayor.
Finalmente ofrece probar, que llegando a Punta Delgada con toda su tripulacion,
el mencionado Governador mandò al Sargento Benito de Mattos, para que pidiese
al Interprete Julian Antonio Tomasini 200 reales importe de la polvora, y balas
gastadas en los tiros, y aviendo respondido se depositarian, y con despacho de
Juez competente se le entregarian, embiò dos Sargentos, y algunos soldados para
que le prendiesen, a que se opueso el Juez Conservador de las Naciones Estrangeras
a quien suplica se sirva examinar los testigos conforme es derecho, con
citacion del Procurador de los Aseguradores, del Governador Sargento mayor, y
el Consul de Inglaterra = como pido y siguen las citaciones, y luego Protesto,
que sigue.
A ocho de Enero de 1779 en la Ciudad de Punta Delgada Isla de San Miguel se
presentaron en este Juzgado Narcizo Plá de Nacion Espãnol, y su Consul Julian
Antonio Tomasini, los que protestaron la perdida del Barco nombrado la
Purissima, y su Carga, contra quien fue el Causante de su naufragio, y los que
de lo Juzgado resulte examinando se los testigos que producen al tenor de la
Peticion, o Items justificativos, y lo firmaron
[À margem] Peticion del Sargento mayor Comandante del Castillo
En que suplica se le de treslado de la Citacion y protesta por tener que
allegar = como se pide por el termino de veinte y// quatro horas = Nombramiento
de Procurador por el Sargento mayor Comandante del Castillo = Citacion del
Consul de Inglaterra, y del Procurador de los Ausentes = Nombramiento de
Procuradores por el Interprete Julian Antonio Tomasini =
Sigue la contextacion del Sargento mayor del Castillo a la Peticion del Capitan
Narcizo Plá Contra el que ofrece probar:
Que sin motivo suficiente cometió el desatino de abandonar su Barco, y que de
caso pensado consintió en que se perdieron, pues ofreciendosele un vecino del
Lugar a que arribó con la Lancha para traher a salvamento la Embarcacion, no lo
permitio.
Que se convence ser depravada intention en el desamparo del Barco, pues
salvando una grande porcion de dinero, que en Carros condujo a la Ciudad, y
muchos vestidos ricos, de que en el dia usa, se atreve a decir que nada libró,
y que hasta la Lancha se hizo pedazos al llegar a unas piedras, siendo
constante que despues de estar el Capitan, y todo su Equipage en tierra fue
quando se abrio:
Que estando el Barco anclado al Barlovento de quantos estaban en el Puerto, fue
el premero, que se levó, quando el tiempo no era tan fuerte, que le pudiese
obligar à ello:
Que no pudiendo salir del Puerto Embarcacion alguna sin el correspondente
Passe, viendo que el Capitan se hacia a la vela, se le hizo sinal de la
Fortaleza, la que despreció por estar fuera de tiro:
Que viendo el Corsario Ingles la falta de obediencia tiró a la Embarcacion solo
con bala, y nò com metralla, no pudiendo la alcanzar por haver ya caido mucho
para Oeste. viendose desde tierra caer las balas en el mar, sin tocar la
Embarcacion.
Que aun quando algun daño huviese recibido de los tiros del Corsario, no se le
podia hacer cargo al Suplicado, pues con la señal hecho al sargento avia
cumplido, y no mandò, ni podia mandar// al Corsario le hiciese fuego:
Que solamente en el caso de haver buelto la Embarcacion al Puerto obligada de
la Fortaleza, y padeciendo en el naufragio se le podia hacer cargo, el que no
tiene lugar mays por mente aviendo el Capitan a salir a las Feiteiras algunas
leguas distantes de Ciudad mui a ser salvo, y por su gusto:
Que el Capitan falta a la verdad, asegurando, estaba ya despachado por el
Suplicado para seguir su viage, quando solamente se le avia dado licencia para
llevar a bordo quanto le fuese necesario, pero no el Passe para continuar su
derrota, pues se da por escrito en virtud de un Pedimiento, que presentan los
capitanes despues de estar listos, en cuyos terminos no podrà exhibir el
Suplicante.
Que saliendo el Suplicante del Puerto del modo mencionado costeando la Isla
hasta llegar a las Feiteiras, donde fingio el naufragio, dice que fue obligato
del Corsario que le preseguia, siendo assi que luego que este conoció ser mala
intention se hizo al mar, y estaba distante dos Leguas quando la lancha llegò à
tierra.
Que el miedo del Suplicante fue (y lo persuade la razon) una pura estratagema,
pues no es crible, que estando Inglaterra en paz con España, se atreviese el
Corsario a una cosa, que lo menor que le costaria , seria la vida.
Que la malicia del Suplicante se convence de lo que platicò a su arribo a la
Ciudad, pues llamando lo el Suplicado, para enterarse de la verdadera causa del
naufragio, y dar parte à su general, procurò illudir esta diligencia, para que
no se supiese la verdad, pretextando en el Juzgado por medio de su Interprete
que le querian prender, a cuyo fin se lo avia bloqueado la casa, como insinua
en su Peticion, siendo toda contra a verdad.
Que con efecto fueron algunos Alguasiles à auxiliar al Suplicante persuadiendo
se el Juez que lo querian prender, pero luego quedò todo sosegado, pues afin de
se evitar disensiones mandò// el Suplicado al Sargento retirarse que de tolo lo
sucedido solo se colige, que sin el menor motivo cometiò el Suplicante
semejante desatino, que no puede atribuir a persona alguna, y si solo a si
mismo, por ser manifiesto el dolo, con que se portò, todo afim de prejudicar a
los Aseguradores, y utilisarse el.
Ultimamente ofrece probar, que de lo referido se deduce, deberse juzgar como
inconsequente la justificacion, y protesto, y quedar salvo el derecho a los
Aseguradores, o quien (l)es corresponda, de repetir contra el Suplicando para
obligarle à la satisfacion de los perdidos causada por su malicia, que debe
castigarse.
[À margem] Contestacion del Consul Britanico
Ofrece probar, que estando el Corsario Ingles citado en la Peticion de Capitan
Español haciendo aguada en el Puerto de aquella Isla, donde tambien estaba la
Polacra del Suplicante sucedio que hacienciendose (sic) esta a vela le
dispararon de la Fortaleza tres tiros:
Que observando el Comandante del Corsario, que la Polacra no obedecia la señal
de la Fortaleza por estar fuera del tiro de Cañon, se persuadiò, que el
Suplicante, o su tripulacion havian cometido algun delito, ò cursado algun
daño, por lo que le querian obligar a que diese satisfaccion, e impedirle su
viage, como el mismo Suplicante confiesa:
Que el mencionado Comandante como vasallo de Sua Magestade Britanica Amigo, y
Aliado de Sua Magestade Fidelissima creio de su obligacion, que hacia obsequio
a la Fortaleza ayudando la, y precisando la Polaca a que ancorase y
obedeciesse, a cuyo fin la dirigiò algunos tiros con bala, pero luego que hizo
señal de obedecer parò de hacer fuego, quedandose como antes estaba:
Que el caso sucediò la mañana del dos de Enero, a cuyo tiempo estaba el mar
sereno, y el viento no mui fuerte, y que la Polaca se hizo a la vela, sin que
el tempoarl la obligase:
Que por la tarde creciò el viento, y no pudiendo passar al Puerto la Polaca, se
dejo ir para el Este estando el viento de Sudoeste y como cada vez arreciaba
mas el viento, se levò el Corsario asi que todas las demas Embarcaciones para
salir de las Puntas de la Isla,// y no dar en la Costa:
Que el Corsario salio en busca de una Embarcacion Americana, que andaba al Este
de la Isla, y avia apresado un Navio, que estaba en el Puerto:
Que a su buelta supo el naufragio del Capitan Español, que solo pudo proceder
de malicia, como demuestra el otro Suplicado:
Que no podia tener de el recelo alguno el Suplicante pues se avian encontrado
antes de entrar en el Puerto, registrò un oficial sus Pasaportes, y Papeles, y
siguio cada uno su Rumbo lo que no sucediera, si el Suplicado fuese Pirata,
pues podia interamente Robarlo, subiendo lo interesado que venia, lo que
huviera sido mais facil en alto mar, que dentro del Puerto:
Que por la serie de estos hechos se convence que el Suplicante abandonò sin
causa la Embarcacion, y que de caso pensado, la quiso perder mirando a su
proprio interes:
Que no se puede atribuir a miedo el abandono de la Embarcacion, quando tuvo
tiempo de traspasar a la Lancha mucho dinero, vestidos y Cajones, que en Carros
fue todo conducido a la Ciudad, y de que no hace mencion como debiera el
Suplicante en su Peticion:
Que por las razones expuestas, y las que en su contextacion produce el
Comandante del Castillo, resulta toda la culpa contra el Suplicante por lo que
debe ser castigado.
Testigos presentados por Narcizo Pla
[À margem] Deposicion de Josef Simoens da Motta Mercador
Examinado al tenor del interrogatorio dijo sabe por haverlo visto, que estando
ancorado en aquella Isla el dia 30 de Deciembre proximo pasado la Polaca Española
nombrada la Purissima Concepcion para hacer aguada, sobrevino el dia dos de
Enero del corrente año un temporal tan fuerte, que se le rompió la amarra,
viendose en la precision de hacerse a la vela para salvarse, por estar en el
sitio mas peligroso del Puerto, y que sin duda se huviera perdido à no levarse.
Prestando en dicha maniobra vio, que del Castillo le tiraron tres Cañonazos, y
oyo dicer, que el ultimo fue con bala, sin poder saber// el motivo de semejante
resolucion, pues el Capitan Español no avia cometido delito alguno:
Que vió el Corsario Ingles persuadido, que los tiros del Castillo se fundaban
en alguna desobediencia del Capitan disparò nueve Cañonazos con bala, y
metralla, de que resultò destruirse el velamen de la Polaca:
Que le consta ser cierto haver saltado en tierra el Capitan y su tripulacion en
el Lugar de las Feiteiras, como que estos no avian dado motivo para los tiros
del Castillo:
Que sabe de oider, que el dia siguiente se vio la Polaca en la Punta de la
Herreria corriendo borrasca para Noroeste a arbitrio del tiempo:
Que sabe por haverlo presenciado, que el dia anterior al naufragio
presentando-se el Capitan a la guardia del muelle (?), le mandò esta ir a casa
del Sargento mayor Comandante del Castillo à buscar el Pase, lo que exercetò
immediatamente, y quedó despachado, por lo que la guardia le dejó passar
libremente:
Que oyo decir, que la Polaca venia mui interesada.
Que sabe por la voz publica, que la primera causa del naufragio fueron los
tiros del Castillo en que contestan los Ingleses, persuadidos, en que el
Capitan huviese dado para ellos un motivo de la mayor consequencia:
Que sabe por haverlo visto, que luego, que el Capitan, y su tripulacion
llegaron a la Ciudad mandó el Sargento mayor Comandante un Sargento, para que
pidiese a Julian Antonio Tomasini Interprete del Capitan Español 200 reales del
valor de la polvora gastada en los tiros; y porque aquel se obligò a ponerlos
en deposito interin, hacia constar lo intento del pago, mandó dicho Comandante
bloquear sus casas para llevarlos presos al Castillo, a lo que se opuso el Juez
Conservador mando Alguaciles, que estorvasen la prison. I no digo mas.
[À margem] Deposicion de Antonio raposo Capitan de una corveta
En todo uniforme a la antecedente
Luis de Josef Raposo, Juan Moniz Falcon, Luis Francisco Borges, Mathias de
Viveiros, Antonia de la Concepcion, Manoel// Suarez, Francisco Xavier Lobo,
Josef de la Puente, Josef Dionisio Pereira, todos moradores, e vecinos de dicha
Ciudad, y de la de Juan Carlos Scholt, Amburguez de Nacion, no se repiten por
ser en todo iguales a la primera de Josef Simoens, como tambien las de Juan de
Valle, natural de Cataluña y es la Persona morador en aquella Ciudad, y la de
Josef Estevan Soldado de su guarnicion.
Las deposiciones de la tripulacion incluso Piloto, y escrivano, y las dos
Pasageros, que todas son doce abonan la Peticion del Capitan Narciso Plá.
La deposicion de un Cabo de Esquadra de la guarnicion llamado Josef de Miranda
Carreira añade las dos particulares siguientes: Que el Sargento mayor
Comandante del Castillo embiò a un Sargento, para que en su nombre diese las
gracias al Capitan del Corsario de lo que avia hecho, añadiendo se las daria
mayores se haviese apresado la Polaca. Que sube haver despachado el Sargento
mayor Comandante un aviso a la guardia del Puerto, para que libremente dejasen
pasar al Capitan
Confrontan com este testigo Antonio Medeiros Cabo de Esquadra, e Juan Josef
Telles Soldado de la guarnicion: El primero fue quien mandò al Capitan traerse
el Pase del Comandante, quien a breve rato mandò al Soldado Josef Estevam dando
a dicho Capitan por desenbarcasado (sic), y que por consiguiente podia salir
quando quisiese
Examen de los testigos presentados por el Sargento mayor Comandante
Resumidas las deposiciones de todos los presentados por el mencionado Sargento
mayor, y Comandante solo resulta decir algunos de oiden (?), que los que
saltaron en tierra en el Lugar de las Feiteiras sacaron 16 Sacos de dinero, ye
en los demas puntos del interrogatorio se nota discordancia, y poca
uniformidad, que nada justifica contra el Capitan, pues todos depone de oida, y
los mas a un solo punto del interrogatorio, siendo de notar, que las
deposiciones de algunos mas condenam, que justifican la conducta del governador
del Castillo.
João Gomes de [?]